Formar parte de los seminarios permanentes y grupos de trabajo que en su caso se acuerden, y asistir a las actividades que organice la Sociedad en cumplimiento de sus fines, según las condiciones que determinen los presentes Estatutos y las que pueda establecer la Junta Directiva y la Asamblea General.
Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Sociedad pueda ofrecer.
Recibir información sobre las actividades de la Sociedad y los acuerdos adoptados por sus órganos.
Participar con voz y voto en las Asambleas Generales y, en general, ejercitar cuantos derechos les reconozcan los presentes Estatutos.
Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimiento de los fines de la Sociedad. - Los socios numerarios, además, podrán ser electores y elegibles para los cargos directivos